Acción sindical
Nota 201: 11 MANIFESTACIÓN #HuelgaNoEsDelito, es un derecho
11 MANIFESTACIÓN
#HuelgaNoEsDelito, es un derecho
El ejercicio del derecho de huelga recogido en la Constitución Española está considerado un derecho fundamental. Igualmente, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea lo incluye expresamente; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas lo garantiza y así, múltiples Tratados y Pactos internacionales reconocen el derecho a la huelga como un derecho fundamental de los trabajadores y trabajadoras y de sus organizaciones.
Actualmente, más de 300 trabajadores, trabajadoras y/o sindicalistas, encausados por haber ejercido el derecho de huelga, se encuentran con procedimientos judiciales abiertos y con petición de penas de cárcel y acusados de un delito contra los derechos de los trabajadores en base al artículo 315.3 del Código Penal. Nos encontramos ante el mayor intento de criminalización del derecho de huelga y el ataque más duro contra la libertad sindical desde que estamos en democracia.
La utilización del artículo 315.3 del Código Penal resulta injustificada y desproporcionada, situando el derecho de huelga en el siglo XIX donde su ejercicio era penado y perseguido. La participación en piquetes informativos es un derecho reconocido en nuestra legislación. No es un delito y la mera identificación de los trabajadores que en él participan no puede suponer el riesgo de imputación de un delito castigado con penas de prisión.
Por los motivos expuestos, los sindicatos CCOO, UGT, USO, CGT, CSIT UNIÓN PROFESIONAL, AMYTS, SATSE, SOLIDARIDAD OBRERA, GESTHA, UNION DE ACTORES, STEM, ALTERNATIVA SINDICAL DE SEGURIDAD PRIVADA, CONVOCAMOS una manifestación el jueves 11 de febrero a las 18.30 horas, desde Cibeles a Sol para apoyar a las y los más de 300 trabajadores, trabajadoras y/o sindicalistas encausados y encausadas.
INSTAMOS al Gobierno Central a que adopte cuantas iniciativas legislativas sean necesarias a fin de corregir esta situación. Entre ellas, la derogación del artículo 315.3 del Código Penal, la Ley de Seguridad Ciudadana, así como las Reformas Laborales de 2010 y 2012. Todo ello, en defensa de las libertades básicas. También lo instamos a decretar la absolución de todas las trabajadoras y trabajadores ya juzgados y condenados por participar en las huelgas generales de 2010 y 2012, y a tomar cuantas resoluciones sean precisas para evitar el ingreso en prisión de todas las personas encausadas pendientes de juicio.
¡¡¡¡YO VOY A LA MANIFESTACIÓN !!!!!!! ¿Y TÚ?
La huelga es nuestro derecho
Nota 200: Paga de Productividad Avatar. Fin de la mediación
Paga de Productividad Avatar. Fin de la mediación
Como sabéis, la Sección Sindical de CGT en Ericsson presentó una Papeleta de Mediación contra Ericsson reclamando la Paga de Productividad del colectivo Avatar relativa al ejercicio 2014.
Tras dos mediaciones con resultado de APLAZAMIENTO en el SIMA (el 11 de enero y el 19 de enero), la mediación del pasado 29 de enero finalizó con FALTA DE ACUERDO. Los sindicatos CGT, UGT y CCOO adjuntaron al acta una Declaración de parte, lamentando que no se abriera una negociación para la compra del derecho de la Paga de Productividad del colectivo Avatar.
La dirección tras el último aplazamiento mostro su disposición a negociar la compensación por la pérdida de este derecho poniendo como condición tener una interlocución social clara.
Nada más comenzar la mediación del 29 de enero, los sindicatos CGT, UGT y CCOO mostraron un acuerdo mayoritario para constituir una mesa de negociación respecto a la paga de productividad con una composición sindical proporcional a la representación de cada uno, es decir:
- 5 delegados de STC
- 4 delegados de CGT
- 2 delegados de UGT
- 2 delegados de CCOO
STC no quiso aceptar esta propuesta aduciendo la necesidad de un comité intercentros y/o una negociación por Comités de Empresa. Por su parte, la Dirección, aun reconociendo la legalidad de la interlocución por Secciones Sindicales, optó por poner punto final a la mediación, mostrando muy poca voluntad de negociar y utilizando como justificación la falta de acuerdo con STC.
Al no haber prosperado la mediación, el proceso judicial sigue adelante. Desde CGT lamentamos que se haya perdido la oportunidad de resolver de una forma negociada este conflicto, ya recurrente. Acudir a los tribunales siempre es arriesgado e incierto.
Por otra parte, os recordamos que el juicio en la Audiencia Nacional de la Paga de Productividad Avatar correspondiente al año 2013 está señalado para el 23 de febrero.
Los derechos que no se defienden se terminan perdiendo
Nota 198: Manipulación de la Comisión de Igualdad en EEM
Manipulación de la Comisión de Igualdad en EEM
Ericsson España tardó desde la aprobación de la Ley de Igualdad en el 2007 hasta la firma del Plan de Igualdad y el Protocolo contra el acoso y la discriminación la friolera de 7 años.
El pasado 20 de enero, más de un año después de la firma, y tras la interposición por CGT de una denuncia ante Inspección de Trabajo, se pudo acordar la constitución de la Comisión de Igualdad para Ericsson España S.A.
Hoy 2 de febrero la dirección ha convocado a una primera reunión donde esperábamos empezar a discutir los indicadores para el seguimiento del Plan para y así poder analizar la evolución de la igualdad en nuestra compañía tal como se determinó en el acuerdo inicial. CGT preparó una propuesta que ya os enviamos y que era la única disponible a los miembros de la mesa con anterioridad a la reunión de hoy.
No obstante nos hemos encontrado con la presencia en esta reunión de personas ajenas a la Comisión Paritaria de Igualdad no siendo siquiera empleados de esta empresa. En el acta de constitución se han incluido las funciones y componentes de dicha paritaria que resolvía las discrepancias que bloquearon anteriormente su constitución.
Desde CGT hemos considerado poco conveniente la presencia de estas personas externas y hemos abandonado la reunión por los siguientes motivos:
- La presencia de personas externas a la compañía puede limitar la información necesaria para el funcionamiento de esta paritaria.
- La confidencialidad de la información tratada (salarios, casos de discriminación, rangos, etc.) consideramos no debe ser accesible a personas no pertenecientes a la empresa.
- La participación de personas externas en la comisión debe restringirse a casos puntuales donde la materia a tratar exija la presencia de expertos en el tema.
A pesar del abandono de los representantes de CGT, la empresa ha decidido continuar la reunión con solo tres miembros de los trece que forman la representación social. Entendemos que, una vez más, la dirección está tratando de generar dificultades en el funcionamiento de esta comisión forzando a la mayoría social a abandonar la mesa.
La igualdad es nuestro derecho
No consintamos que hagan irrelevante nuestro plan
Nota 192: Paga de Productividad Avatar
Paga de Productividad de Avatar
La Sección Sindical de CGT en Ericsson, a través de su gabinete jurídico confederal, ha presentado una Demanda Colectiva contra Ericsson reclamando la Paga de Productividad del colectivo Avatar relativa al ejercicio 2013.
CGT ha presentado la citada demanda debido a que:
- El objetivo de productividad se fijó el 3 de junio de 2013, cuando ya habían transcurrido 5 meses del ejercicio. Para entonces Ericsson ya conocía la marcha del negocio, imponiendo unos objetivos de imposible cumplimiento y contrarios a la buena fe.
- En el acto de conciliación celebrado en el SIMA el 19 de enero de 2015 las partes acordaron reabrir el proceso de negociación de homogeneización de condiciones laborales de dicho colectivo, cosa que Ericsson incumplió. Así, la Sección Sindical de CGT en Ericsson intentó negociar la renuncia a dicha paga en el marco de dicha negociación colectiva (la homogeneización de condiciones laborales) que incluía la Paga de Productividad, pero la Dirección prefirió suprimir dicha paga de forma unilateral.
El juicio en la Audiencia Nacional está señalado para el 23 de febrero.
Recordemos que el Colectivo Avatar ha venido cobrando esta Paga de Productividad todos los años desde la creación de Telefónica I+D, incluidas las pagas de 2010, 2011 y 2012 que fueron abonadas por Ericsson. La Paga de Productividad es un derecho de dicho colectivo recogido expresamente en el Acuerdo de Segregación alcanzado el 30 de septiembre de 2010. Dicha paga se concreta en un pago único de 350€, que se consolida en la retribución fija de cada trabajador afectado a fecha de 1 de enero del ejercicio siguiente.
En su día, la Sección Sindical de CGT en Ericsson demandó ante la Audiencia Nacional la Paga de Productividad de Avatar de 2012. En aquella ocasión, Ericsson se allanó y accedió a abonar dicha paga pocos días antes del juicio.
En nuestro afán de homogeneizar las condiciones laborales del colectivo Avatar con las del resto de Ericsson, son innumerables las peticiones de negociación que CGT ha presentado. Sin embargo, la Dirección no quiere negociar. Prefiere mantener la burbuja y tomar la vía de los hechos consumados, como es la decisión unilateral de no abonar esta paga.
Por tanto, nos vemos forzados a acudir a los abogados y a los tribunales, como último recurso, después de haber agotado todas las vías anteriores.
Por otra parte, la Sección Sindical de CGT también ha presentado una papeleta de mediación demandando la Paga de Productividad de Avatar del ejercicio 2014. Esta papeleta es paso previo y necesario antes de interponer una demanda colectiva en la Audiencia Nacional, si no se llega a un acuerdo en el SIMA. El acto de mediación en el SIMA está convocado para el próximo lunes 11 de enero. Os mantendremos informados.