Acción sindical
Nota 95: Sobre esfuerzos en NGAA v14
Sobre esfuerzos en NGAA v14
El pasado día 25 de julio se comunicó formalmente la posibilidad de solicitar sobre esfuerzos en el contexto de la versión 14 (A y B) de NGAA, y la normativa de compensación que se aplicaría. No ponemos en duda la importancia del proyecto, pero sí consideramos importante hacer algunos comentarios.
La normativa de trabajos fuera de jornada en EEM está recogida en un documento que está publicado en la intranet (hay versiones en español e inglés) y que se basa en un acuerdo con los trabajadores (pincha aquí). En ella se indica con claridad elcarácter voluntario de la asignación, algo que se indicó en la comunicación formal pero que conviene recordar. Esto significa que todos los trabajadores tienen el derecho de no realizarlos y que nadie debe ser requerido para el sobre esfuerzo de manera coactiva. Si ocurriese esta situación, no dudéis en contactar con nosotros.
Aquéllos que pertenecéis al colectivo Avatar tened en cuenta que no existe una normativa propia que sea aplicable. Las “prácticas de empresa” que formaron parte del acuerdo de segregación recogen las compensaciones por “disponibilidad de móvil” y por “atención de incidencia” en soporte, que son situaciones diferentes a la planteada en el contexto de NGAA.
Las compensaciones que se presentaron corresponden a lo que en la normativa se recoge como Trabajos especiales en forma presencial, excepto la compensación extraordinaria para más de 35 servicios y asociada al cumplimiento de fechas, que es específica de NGAA.
El requerimiento de 35 servicios para percibir esta percepción extraordinaria nos parece excesivo y hasta la fecha no ha sido incluido en casos similares como el del proyecto Gorila en I+D.
Es importante que recordéis que el sobre esfuerzo debe haber sido identificado como tal por el PM y que habéis aceptado realizarlo, pues en caso contrario no habrá compensación. Pedid que quede escrito y aseguraos de tener copia.
Respecto al sobre esfuerzo en día laborable, la normativa establece que su hora de inicio debe ser las 20:30 horas, (en el caso del colectivo Avatar, lo correspondiente serían las 18:00). Entendemos que no debe ser necesario esperar a dicha hora para comenzar el trabajo, siempre que no existan requerimientos especiales. Aclarad esto con el CPM cuando os lo proponga.
Tened en cuenta que, aparte de la compensación económica, también tenéis derecho a la compensación en tiempo dentro del marco regulatorio de la jornada flexible. Es decir, que el tiempo que dediquéis al sobre esfuerzo lo podréis compensar reduciendo vuestra jornada en la misma medida “…preferiblemente dentro de las dos semanas inmediatamente siguientes, y en todo caso dentro del periodo de cómputo de jornada definido en el calendario laboral.”
Respecto al sobre esfuerzo en fin de semana o día festivo, al igual que el realizado en un día laborable tenéis derecho a la compensación del tiempo dedicado. Pero en este caso la normativa diferencia entre un servicio de hasta cuatro horas o de más de cuatro horas: en el primer caso habrá una compensación en el marco de la jornada flexible de la misma duración (igual situación al sobre esfuerzo en día laborable), mientras que en el segundo tendréis derecho a un día completo.
Una cuestión importante directamente relacionada con los sobre esfuerzos son los descansos. Éstos son necesarios para el trabajador. El Estatuto de los Trabajadores regula los periodos de descanso que deben cumplirse (Sección 5 del ET):
- Artículo 34, punto 3: “Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas”.
- Artículo 37, punto 1: “Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo”.
Si bien el primer punto está recogido explícitamente en la normativa de Ericsson que regula los trabajos fuera de jornada, no lo está el segundo, aunque esto no puede denegar el derecho a su disfrute. En general el acuerdo sobre trabajos fuera de jornada, especialmente en su punto 4 (pincha aquí), recoge las características y límites de estas prestaciones.
Desde la Sección Sindical CGT hemos convocado una reunión urgente de paritaria de jornada que se celebrará el próximo 8 de septiembre por indisponibilidad de RRLL donde hemos incluido como punto del día hablar sobre los sobre esfuerzos en NGAA v14.
Por último, pensad que ese tiempo que en el día a día trabajéis por encima de vuestra jornada oficial es algo que estaréis regalando, que debería ser reconocido y contemplado como trabajo especial y por tanto debidamente compensado.
En general esta práctica de exigir regularmente esfuerzos especiales corresponde a una mala planificación del trabajo y un mal dimensionamiento de la plantilla. Desde CGT vemos la importancia de estos proyectos para Ericsson pero pensamos que recurrir regularmente a medidas excepcionales no es una solución deseable. El voluntarismo no debe sustituir a la organización y los sobreesfuerzos no deben sustituir a una política de empleo congruente.
Para cualquier comentario o duda que tengáis, podéis contactar con nosotros.
El sentido de la responsabilidad no debe ocultar los sobre esfuerzos continuados no reconocidos
Nota 94: Despido en I+D
Despido en I+D
Hoy se ha comunicado su despido a un compañero de I+D que prestaba sus servicios en Milenium. Un nuevo viernes negro en Ericsson.
No vamos a entrar en los detalles del despido pero sí queremos denunciar que las nuevas dinámicas que está estableciendo esta compañía ya están perjudicando en su extremo más duro, el despido, a los trabajadores.
Este despido entra dentro de las acciones de la Dirección para mantener la tensión en las relaciones laborales con:
- su errática política de empleo (ver nota sobre la política de empleo en Ericsson)
- con la forma agresiva en que sistemas de trabajo como Agile se están implementando en I+D, (ver nota sobre recorte al teletrabajo en I+D por Agile)
- presión a través de la IPM (ver nota sobre IPM 2013).
Este despido se hace en I+D que sigue tratando de posicionarse en Ericsson España como punta de lanza de su nuevo estilo de relaciones laborales (ver nota Nuevas formas en I+D).
Desde CGT llevamos tiempo denunciando que estas prácticas son una forma de gestionar esta compañía basada en el miedo, el autoritarismo y los castigos selectivos (individuales o colectivos) que se está imponiendo lentamente para mayor gloria del ego y de los objetivos de algunos directivos.
Es necesario recordar que ante una situación de este tipo tenemos derecho a que esté presente un miembro del Comité de Empresa.
Por otra parte solo mencionar que ya se ha producido el primer reingreso de una compañera despedida en el ERE del pasado año en el grupo. Ericsson la ha readmitido antes de celebrarse el juicio aunque lo ha hecho como empleada de EEM en lugar de ENI. El resto de los procedimientos judiciales reclamando la nulidad de los despidos siguen su curso.
Solo en nuestra mano esta detener esta dinámica. Solo unidos con nuestra participación y solidaridad podemos contrarrestar esta forma de actuar. En nuestra mano está el intentar hacer algo o simplemente esperar a ser el próximo que caiga en desgracia.